Monitoreo de empleados en Perú
(Guía rápida para empresas que evalúan herramientas como Insightful.io)
Aviso importante Este documento se basa en una investigación independiente. No constituye asesoría legal. Verifique cada punto con sus asesores antes de implementar cualquier sistema de monitoreo.
1 Marco normativo esencial
Norma / fuente | Alcance para el monitoreo |
---|---|
Constitución Política, art. 2 incs. 6, 7 y 10 | Garantiza intimidad, honra y secreto e inviolabilidad de las comunicaciones; sólo un juez puede autorizar su interceptación. (Organization of American States) |
Ley 29733 – Ley de Protección de Datos Personales | Obliga a tratar los datos del trabajador con licitud, finalidad específica, consentimiento (cuando proceda) y proporcionalidad. (Gob Peru) |
TUO del D. Leg. 728 – Ley de Productividad y Competitividad Laboral | Reconoce la facultad fiscalizadora del empleador, siempre limitada por los derechos fundamentales del trabajador. (Congreso del Perú) |
Directiva 01-2020-JUS/DGTAIPD (videovigilancia) | Detalla requisitos de videovigilancia con fines de seguridad o control laboral: aviso previo, carteles visibles, plazos de retención. (Gob Peru) |
Jurisprudencia del Tribunal Constitucional (Exp. 03599-2010-PA/TC) | Prohíbe al empleador revisar el contenido de correos electrónicos (incluso corporativos) sin orden judicial o consentimiento claro. (LP) |
2 ¿Qué se puede monitorear?
Dato / actividad | ¿Permitido? | Condiciones clave |
---|---|---|
Uso de sitios web y aplicaciones | ✔ | Sólo en equipos de la empresa; informar finalidad y métricas. |
Capturas de pantalla | ✔ | Frecuencia razonable; difuminar información sensible no relevante. |
Geolocalización (GPS) | ✔, si la función lo exige | Activar únicamente en horario laboral y para tareas de campo; describirlo en la política interna. |
Inventario de hardware/SO | ✔ | Dato técnico para ciberseguridad y soporte. |
Videovigilancia en áreas de trabajo | ✔ | Cámaras visibles, señalizadas y sin audio continuo; prohibidas en baños y zonas de descanso. (Gob Peru) |
Contenido de correos corporativos | ✖ por regla general | El TC exige orden judicial o consentimiento expreso; de lo contrario, se vulnera el secreto de comunicaciones. (LP) |
No está permitido: software espía oculto, activación remota de micrófono/cámara sin aviso, ni acceso a dispositivos personales del trabajador salvo consentimiento específico y finalidad estrictamente laboral.
3 Límites y prohibiciones
Tema | Límite legal |
---|---|
Dispositivos personales (BYOD) | Monitoreo sólo con consentimiento inequívoco y limitado a apps de la empresa. |
Monitoreo sigiloso | Por regla general ilícito; se admite sólo con orden judicial en investigación de delito. |
Retención de datos | Conservar la información el tiempo mínimo necesario (principio de minimización, Ley 29733). (Gob Peru) |
Derecho al secreto de comunicaciones | El empleador no puede leer correos ni chats privados sin autorización judicial (arts. 2-10 Const.; precedente 03599-2010-PA/TC). (Organization of American States, LP) |
4 Uso disciplinario de la información
- Admisible: registros obtenidos lícitamente (avisados, proporcionales, en equipos corporativos) pueden justificar sanciones o despido por falta grave —p.ej. logs de Insightful que evidencien ausencias injustificadas o robo captado por cámara señalizada.
- Inadmisible: pruebas derivadas de vigilancia secreta o acceso a correos privados sin orden judicial se califican como pruebas prohibidas; el despido basado en ellas puede ser anulado y exponer al empleador a indemnizaciones. (LP)
5 Buenas prácticas para implantar Insightful.io en Perú
- Política interna transparente — describa qué datos recopila Insightful (URLs, tiempo activo, capturas) y la finalidad (seguridad, control de productividad).
- Base jurídica clara — invoque la ejecución del contrato laboral e “interés legítimo” (art. 14 Ley 29733); obtenga consentimiento si el tratamiento excede lo estrictamente contractual.
- Aviso y consentimiento — incluya cláusulas en el contrato o reglamento interno; obtenga aceptación expresa en trabajo remoto.
- Señalización de videovigilancia — coloque carteles visibles y registre la actividad en el Libro de Seguridad (Directiva 01-2020).
- Separar vida laboral y personal — entregue portátiles o cuentas exclusivas; evite instalar Insightful en teléfonos personales.
- Minimización y plazos de supresión — defina tiempos de conservación (p.ej. 30-90 días) y anónimice reportes históricos.
- Evaluaciones periódicas — revise cada 6-12 meses si el monitoreo sigue siendo necesario y proporcional; actualice la DPIA (evaluación de impacto) ante cambios.
Conclusión
El marco peruano permite el monitoreo laboral solo cuando se respeta la intimidad, el secreto de las comunicaciones y la Ley 29733. Implementado con transparencia y proporcionalidad, Insightful.io puede mejorar la productividad y ofrecer seguridad jurídica a su empresa.
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